EL USO DE IA EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS: ORIENTACIONES, DESAFÍOS Y ESTRATEGIAS PARA SU REGLAMENTACIÓN

Eje 11 - Gestión de ambientes educativos virtuales.

Sabrina Marina Susana Mambrin Cunha (sabrina.mambrin@dch.unne.edu.ar)
Omar Ulises D Andrea (omar.ulises.dandrea@comunidad.unne.edu.ar)
Ivana Vuckovic (ivana.vuckovic@comunidad.unne.edu.ar)

Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas - UNNE

Exposicion oral

El presente trabajo se propone observar los parámetros existentes para reglamentar el uso de la IA en los Establecimientos de Educación Superior, ya que entendemos que “las instituciones educativas se encuentran ante la necesidad de desarrollar nuevos marcos regulatorios que aborden específicamente los desafíos y oportunidades que presenta la IA.” (Figueroa, P.L. 2025)
Analizaremos algunas de las recomendaciones de la UNESCO (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura), sobre las pautas que deberían tenerse en cuenta para reglamentar el uso de la IA. En este sentido iremos desde las recomendaciones sobre la ética de la inteligencia artificial, pasaremos a las cuestiones relativas a la IA y educación y finalmente a las pautas para una auditoria de IA en la educación superior.
Así también analizaremos casos de reglamentación del uso de las IA en el Derecho comparado desde metodologías distintas. Para ello observaremos, por un lado, el Advancing Artificial Intelligence Education for American Youth de EE.UU. que regula de forma general el uso de la IA con fines educativos desde los organismos estatales de gobierno; por otro lado, el caso del Tec de Monterrey y su reglamento interno para el uso responsable de la IA.
Luego de ello estableceremos los lineamientos más convenientes para la reglamentación del uso ético y responsable de la IA en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas de la UNNE. Planteando un plan de acción responsable que contribuyan a la formación, análisis y debate en todos los componentes de la Institución (docentes, no docentes y estudiantes). Al mismo tiempo que estableceremos las pautas para una adecuada difusión de estas políticas, generando ambientes propicios para su utilización en el contexto de la virtualidad. Fomentado el debate constante sobre las oportunidades y restricciones que las IA significan en los procesos de enseñanza-aprendizaje del Derecho.
Todo ello, puesto que entendemos que “Las estructuras, los vínculos, los momentos y las prioridades de las escuelas, colegios y universidades se han visto profundamente alterados por la irrupción de lo digital, y en ese marco, la Inteligencia Artificial se presenta como una de las tecnologías más disruptivas que desafían los modos tradicionales de concebir y gestionar las instituciones.” (Figueroa, P.L. 2025)